Fuente: Meganoticias

Se trata de un proyecto que se encuentra en su segundo trámite en la Comisión de Constitución del Senado, luego de que fuera despachado con aprobación unánime desde la Cámara. Indica la nota de Meganoticias.

En conversación con Mega Plus Alerta, la magistrada sostuvo que “lo que viene propuesto es una autorización de familia para una subrogación de la acreedora que podría pedir el retiro de los fondos previsionales si no lo ha hecho el deudor”.

Esta línea, sostuvo que “eso está en tramitación y nosotros estamos esperanzados en que este proyecto de ley pueda recoger algunas modificaciones para que este trámite sea un poco más expedito, a diferencia de lo que ha sido el primer retiro del 10%”.

Primer retiro

“El primer retiro ha sido bastante complejo, porque el legislador entendió que este era un trámite que estaba en línea, que podíamos con un click pagar, pero la verdad es que es un procedimiento bastante más complejo“, agregó.

En esta línea, agregó que “una cosa fue lo que se hizo primero con el Poder Judicial, que fue decretar cautelares y logramos algo así como 350 mil medidas cautelares, entonces esos fondos se encuentran en la AFP retenidos, el problema es que luego de ello viene todo un procedimiento”. Señala la nota de Meganoticias.

Respecto a dicho proceso, Jeldres detalló que “hay que hacer una liquidación, porque mes a mes hay que notificar al deudor, luego puede el deudor objetar la liquidación: tiene varios recursos, puede oponer prescripción y luego de todo ese proceso viene la orden de pago“.

Respecto a esto último, la magistrada señala que “tenemos otro problema, el Poder Judicial ha decretado algo así como 99 mil órdenes de pago y las AFP han pagado en 22 mil casos, entonces, tenemos un proceso que no es mecánico en el tribunal y también tenemos un proceso que está un poco estancado también en la AFP, entonces, ¿qué es lo que tenemos que hacer? Todo de lo que hemos tomado conocimiento con este primer retiro debería haberse reflejado en mejoras en este segundo proyecto de ley”.

Consultada sobre si este retiro forzoso será retroactivo, es decir, que se podrá realizar respecto del primer retiro del 10%, Jeldres sostuvo que “tendríamos que ver como sale la ley, yo tengo entendido que podrá ser tanto para el primero como para el segundo retiro, pero eso solamente lo vamos a poder revisar cuando este proyecto sea ley”.

“Creo que es hora de insistir en que tomemos en consideración lo que ocurrió en el primer retiro para no cometer los mismos errores, nosotros tenemos fundamentalmente tres grandes problemas”, apuntó la presidenta del Segundo Juzgado de Familia de Santiago.

El primero, sostuvo, tiene relación con las notificaciones. “El proceso en tribunales de familia lo entrega la ley y ocurre que muchas veces tengo que estar buscando al deudor, porque aquí se activaron muchas causas que por años estuvieron detenidas, entonces, estoy buscando personas que no tengo noticias de ellos desde hace cinco o seis años atrás”, señaló.

En esta línea, apuntó que “eso hace que el procedimiento sea más lento, porque tengo que buscar nuevos domicilios y notificar, pero por otro lado, el deudor que solicitó el retiro dejó el mail en la AFP, por lo tanto, la primera modificación debería ser que se pueda incorporar ese correo electrónico a la ley de tribunales de familias si así se quiere, con el objeto de que nosotros podamos notificar a ese correo electrónico y eso haría el trámite muchísimo, muchísimo más expedito”.

En segundo lugar, se refirió a cuando existe más de un alimentario, que es el acreedor de un deudor de alimentos.

“La norma nos debe dar la solución porque no tenemos hoy definido quién paga, cómo se hace el porcentaje, entonces nosotros nos hemos reunido los jueces presidentes de Santiago, de San Miguel y hemos visualizado que la situación más sencilla que puede apurar el proceso es que se pague por el número de alimentarios en partes iguales, entonces estamos proponiendo y queremos que ojalá nos escuche el Senado en ese sentido para que podamos ir agilizando”, señaló.

Plazo para pago

Finalmente, agregó que “creo que también es relevante que las AFP han entendido al parecer que no tienen plazo para pagar y tal como tú lo decías, es necesario que se les entregue un plazo a las AFP para que paguen, pero desde cuándo, y ahí la norma tiene que ser modificada, desde que el tribunal ordena el pago”. Indica la nota de Meganoticias.