Fuente: Bio Bio

En relación a los antecedentes presentados, la jueza de Garantía, Perla Roa, rechazó la prisión preventiva solicitada, en base a que según informe de autopsia no se encuentra acreditada la existencia de un homicidio ni indicios de participación del imputado en la muerte de Tomás Bravo. Indica la nota de Bio Bio.

Tras una extensa jornada que finalizó pasado las 19:00 horas, la jueza determinó que no es posible determinar a esta altura una acción homicida. Así, agregó que tampoco es posible en base a los peritajes, extraer una conclusión científicamente confiable del sitio del suceso y el estado del cuerpo del menor.

Además, agregó que no se incorporó por parte del Ministerio Público o explicó lo relativo del “elemento contundente tipo elástico” que se habría utilizado en la asfixia del menor, como sostuvo en su hipótesis el fiscal José Ortiz.

Sobre a la participación del imputado, señaló que si bien fue el único que lo vio por última vez, no existen elementos incriminatorios o evidencia que hayan sido recogidas en la vestimenta del imputado, en el vehículo o en el domicilio que lo vinculen en la muerte del menor.

Respecto al mapa, manifestó que este corresponde a un boceto general del sitio donde desapareció el niño pero por si sólo no permite concluir que el imputado daría un relato aprendido en base a dicho elemento, considerando que tampoco hace referencia al lugar del hallazgo del cuerpo.

Ante esto, Fiscalía señaló que apelará la decisión del Juzgado de Garantía de Arauco.